Impuesto de Sucesiones en Madrid

Si ha fallecido un familiar cercano, dispones de 6 meses para la presentación del impuesto de sucesiones. En el caso que veas que no te va a dar tiempo de presentar el impuesto de sucesiones, durante el quinto mes puedes solicitar una prorroga de otros seis meses. Nosotros nos encargamos de confeccionar y presentar el impuesto de sucesiones telemáticamente, sin que tengas que desplazarte a la oficina liquidadora.

Te ayudamos a gestionar tu negocio y nos encargamos de gestionar todas las relaciones con las entidades públicas.
Las gestiones principales que les podemos ofrecer son:

El plazo para la presentación es de 6 messes desde el fallecimiento. Aunque se puede solicitar una prórroga en el 5º mes por otros 6 meses.
En la Comunidad de Madrid está bonificado el 99% de la cuota a pagar. Por lo que solamente se paga el 1% de la cuota tributaria
El pago del impuesto le corresponde a los herederos y legatarios en función del caudal hereditario que les corresponda.
El modelo a presentar es el 650.
Reducción en función del grado de parentesco.
Reducción por discapacidad, al cual depende del grado de minusvalía del heredero. Igual o superior al 33% reducción de 55.000 € e igual o superior al 65% reducción de 153.000 €.
Reducción por vivienda habitual del 95% al conyuge, ascendientes o descendientes. Siempre que mantengan la adquisición de la vivienda habitual durante los 5 años siguientes al fallecimiento, salvo que el beneficiario muera antes.
Reducción por empresa individual. Se aplicará una reducción del 95% del valor neto de la empresa, al conyuge o descendientes, siempre que se mantenga el negocio durante los 5 años siguientes al fallecimiento, salvo fallecimiento del beneficiario.
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