Cuando tu empresa no puede abonar salarios o indemnizaciones, FOGASA (Fondo de GarantÃa Salarial) actúa como garante de tus derechos. ✅ Dependiente del Ministerio de Trabajo y EconomÃa Social, su función es pagar los créditos laborales reconocidos judicial o administrativamente en caso de insolvencia o concurso de acreedores (BOE‑A‑1985‑6029).
¿Qué es el FOGASA?
FOGASA se crea bajo el artÃculo 33 del Estatuto de los Trabajadores y se regula en el Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo. Solo interviene cuando:
- El Juzgado declara la insolvencia de la empresa tras procedimientos de ejecución fallidos.
- En concurso de acreedores, las deudas laborales quedan certificadas por el administrador concursal.
Su propósito: garantizar el cobro de salarios e indemnizaciones cuando la empresa no dispone de fondos.
¿Qué paga el FOGASA?
- Salarios adeudados
- Sueldos ordinarios, pagas extras y salarios de tramitación.
- Indemnizaciones
- Despido improcedente, despido objetivo, extinción justificada y contratos temporales, reconocidos en sentencia, auto o conciliación en sede judicial.
¿Qué no paga el FOGASA?
- Indemnizaciones pactadas solo en conciliación administrativa previa (salvo ERE).
- Conceptos extrasalariales: dietas, pluses de transporte, vestuario, desgaste de herramientas, complementos de incapacidad temporal.
¿Cuánto paga FOGASA?
Concepto | LÃmite Máximo 2024 |
Salarios y salarios en tramitación | 120 dÃas × duplo SMI diario (37,80 € × 2 = 75,60 €) = 9.072 € |
Indemnizaciones | 365 dÃas × duplo SMI diario = 27.594 € |
Ejemplo práctico: Si tu base diaria es 60 € y te reconocen 100 dÃas de salarios:
- FOGASA paga 100 × 60 € = 6.000 € (por ser inferior al tope de 9.072 €).
Si te reconocen 150 dÃas, solo abonará 120 × 60 € = 7.200 € (tope de 120 dÃas).
FOGASA: ¿Cuánto paga por los salarios y salarios en tramitación?
- Hasta 120 dÃas de salario de tramitación.
- Base diaria: la real del trabajador o el duplo del SMI, el menor de ambos.
Indemnizaciones FOGASA por despido o extinción del contrato
Tipo de extinción | DÃas/año | Tope (dÃas) |
Despido improcedente o nulo | 30 | 365 |
Despido objetivo (art. 52 ET) | 20 | 365 |
Extinción por modificación sustancial | 30 | 365 |
Contratos temporales | 8 | 365 |
Base diaria máxima: duplo SMI.
¿Qué pasa en el caso de trabajadores con contrato a tiempo parcial?
El lÃmite diario se prorratea según el % de jornada. Ej.: al 50 % de jornada, el tope diario es el 50 % del duplo del SMI.
¿Cuál es el plazo para reclamar al FOGASA?
Tienes 1 año desde la fecha de sentencia, auto, acta de conciliación judicial o certificación concursal. Iniciar la ejecución o el reconocimiento concursal interrumpe la prescripción.
¿Cómo solicitar al FOGASA las cantidades debidas?
- Reúne la documentación:
- Acta de conciliación o resolución judicial/administrativa.
- Certificado de empresa o del administrador concursal.
- DNI/NIE y datos bancarios.
- Presenta tu solicitud:
- Online: Sede Electrónica de FOGASA.
- Presencial: Registros públicos o Unidades de FOGASA.
- Plazo de resolución: 3 meses. Si no responden, se entiende estimado por silencio administrativo.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Puedo reclamar con conciliación administrativa?
Solo sirve si se realizó en sede judicial; la conciliación en SMAC no habilita a FOGASA salvo en ERE.
¿Y si la empresa tiene bienes?
Pues debe declararse insolvencia tras fallar embargos; entonces FOGASA pagará.
¿Qué ocurre si supero los lÃmites?
Solo recibirás la parte hasta el tope. El resto es crédito ordinario en el concurso.
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